-Del Decreto Supremo N° 28699 y la relación laboral
-Del Decreto Supremo N° 28699 y la relación laboral:
La normativa laboral boliviana establece varios principios en favor de los trabajadores, los cuales gozan de primacía constitucional, por lo tanto, son de aplicación preferente sobre cualquier otro tipo de normativa interna, lo cual se refleja también en lo que respecta a los beneficios laborales que corresponden a los trabajadores, como bien establece el art 48 de la CPE
La normativa laboral boliviana establece varios principios en favor de los trabajadores, los cuales gozan de primacía constitucional, por lo tanto, son de aplicación preferente sobre cualquier otro tipo de normativa interna, lo cual se refleja también en lo que respecta a los beneficios laborales que corresponden a los trabajadores, como bien establece el art 48 de la CPE
- VISTOS: El recurso de casación de fs
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- Ante la determinación del Auto de Vista, el demandado Editorial y Empresa de Comunicaciones “IDEA
- Interpuesto el recurso de casación en el fondo, el recurrente establece que el Auto de
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- Consecuentemente no existió relación laboral entre el demandante y demandado, por lo que se pide
- Por su parte, el demandante habiendo sido legalmente notificado, contesta el recurso, fs
- -De la valoración de la prueba
- Es así que textualmente, los arts
- -Del Decreto Supremo N° 28699 y la relación laboral
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- En ese contexto la SCP No
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- En lo referente a la relación de dependencia y subordinación del trabajador respecto del empleador,
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- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
