Por memorial presentado el 6 de marzo de 2019, de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 469/2019-RA
Sucre, 17 de junio de 2019
Expediente: Tarija 45/2019
Parte Acusadora: Ministerio Público y Teresa Rivera Mendoza
Parte Imputada : Antonia Naiden Quispe Cardozo
Delitos : Estafa y otro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 6 de marzo de 2019, de fs. 309 a 315 vta., Antonia Naiden Quispe Cardozo, interpone recurso de casación contra el Auto de Vista 04/2019 de 14 de febrero, de fs. 303 a 306 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Publico y Teresa Rivera Mendoza contra la recurrente por la presunta comisión de los delitos de Estafa y Estelionato, previstos en los arts. 335 y 337 del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 469/2019-RA
Sucre, 17 de junio de 2019
Expediente: Tarija 45/2019
Parte Acusadora: Ministerio Público y Teresa Rivera Mendoza
Parte Imputada : Antonia Naiden Quispe Cardozo
Delitos : Estafa y otro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 6 de marzo de 2019, de fs. 309 a 315 vta., Antonia Naiden Quispe Cardozo, interpone recurso de casación contra el Auto de Vista 04/2019 de 14 de febrero, de fs. 303 a 306 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Publico y Teresa Rivera Mendoza contra la recurrente por la presunta comisión de los delitos de Estafa y Estelionato, previstos en los arts. 335 y 337 del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 6 de marzo de 2019, de fs
- El 26 de febrero de 2019, como informa diligencia sentada a fs
- Bajo el rótulo de “en cuanto al agravio de num
- Expresa también que, el Tribunal de alzada no se pronunció sobre su reclamo de apelación
- Argumenta que en los casos que “padecen de nulidad absoluta y que afecten el debido
- Alega también que, el pronunciamiento del Auto de Vista impugnado, violentó el “principio de la
- En lo demás, el recurso transcribe porciones de jurisprudencia inherente al debido proceso, motivación de
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el art
- También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
- En el caso en examen, se establece que la recurrente cumplió con el requisito relativo
- En relación a los demás requisitos de admisibilidad, de manera previa la Sala considera necesario
- El texto del recurso supone cuestiones relacionadas con desarreglos con la interpretación y valoración de
- El incumplimiento de requisitos procesales es ampliamente visible pues la recurrente construye su plataforma recursiva
- Finalmente, la Sala, en relación a la revisión de oficio pretendida a fs
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
