Auto Supremo AS/0511/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0511/2019-RA

Fecha: 25-Jun-2019

Respecto a la invocación de las Sentencias Constitucionales 2674/2010 de 6 de diciembre y 0408/2012


En cuanto a la invocación de los Autos Supremos 223/2012 de 22 de agosto, 205/2007 de 28 de marzo y 087/2012 de 10 de agosto, no serán considerados en el análisis de fondo; puesto que, el primero corresponde a un recurso de casación que en el fondo fue declarado infundado; en consecuencia, no contiene doctrina legal aplicable. En relación al segundo, el recurrente se limitó a citarlo sin observar el trabajo de contraste en los términos exigidos por el segundo párrafo del art. 417 del CPP; y, en cuanto al último, buscado conforme la numeración y año de emisión, fueron encontrados 3 Autos Supremos, ello en razón a que en la gestión 2012 fungían las Salas Penales Primera, Segunda y Liquidadora; no obstante, ninguna corresponde a la fecha que refiere el recurrente.

Respecto a la invocación de las Sentencias Constitucionales 2674/2010 de 6 de diciembre y 0408/2012 de 22 de junio, debe tenerse presente que en el marco de una correcta interpretación del art. 416 del CPP, no tienen la calidad de precedentes contradictorios, constituyendo tales únicamente los Autos de Vista dictados en recursos de apelación restringida y Autos Supremos emitidos por las Salas Penales donde se establezca o ratifique doctrina legal aplicable; no siendo válido el acudir a jurisprudencia constitucional a objeto del cumplimiento de la cita de precedente y explicación de contradicción que exige la ley, por lo que no serán consideradas en el análisis de fondo