Auto Supremo AS/0514/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0514/2019-RA

Fecha: 25-Jun-2019

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art


Como tercer motivo, el recurrente reclama el incumplimiento de los arts. 124, 413 y 414 del CPP, acusando al Auto de Vista de no fundamentar los motivos de hecho y derecho en que sustenta su decisión, manifestando también que el Tribunal de apelación, distorsionó el agravio planteado. Invoca como precedente contradictorio el Auto Supremo 304/2012-RRC de 23 de noviembre, empero sin establecer la situación de hecho similar que exige el art. 416 del CPP, como requisito habilitante al recurso de casación. Como lo asumió esta Sala en otros casos, el argumento de admisibilidad del recurso de casación, no podría estimarse a partir de subrayados o uso de tipo de fuentes que hagan llamativa la lectura, en todo caso, la argumentación, más allá de cualquier formalismo o técnica de escritura, debe transmitir un mensaje, un problema que se pretenda ser resuelto, conllevando que una explicación razonable de qué sucedió es la esperada, y como se tiene descrito en autos es inexistente; por lo que este motivo deviene en inadmisible.


POR TANTO

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 418 del CPP, declara ADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Vladimir Lazcano Barrancos, corriente de fs. 151 a 157, únicamente en su primer motivo. En cumplimiento del mencionado artículo en su segundo párrafo, dispone que por Secretaría de Sala se haga conocer a las Salas Penales de los Tribunales Departamentales de Justicia del Estado Plurinacional, mediante fotocopias legalizadas el Auto de Vista impugnado y el presente Auto Supremo