Refiere que, luego de transcurrido más de un mes de ejecutoriada la Sentencia, la demandada
Refiere que, luego de transcurrido más de un mes de ejecutoriada la Sentencia, la demandada se apersonó solicitando la nulidad de obrados argumentando que el recurrente conocía que se encontraba viviendo en los “Estados Unidos”, además de confesar que el año 2008 se encontraba viviendo en el inmueble motivo de la litis; sin embargo, el recurrente considera que, tales argumentos no corresponden a los datos del proceso, asegurando que en varias oportunidades la demandada fue buscada en su domicilio para su respectiva citación; no obstante, refiere que mediante Resolución de 21 de septiembre de 2010, el Juez de la causa declaró probado en parte el incidente planteado por la demandada, disponiendo la nulidad del Auto de Ejecutoria de la Sentencia de 29 de marzo de 2010, además de la notificación a la demandada con la Sentencia de 5 de marzo de 2010, resolución que, el recurrente afirma no habría sido impugnada por la demandada quedando así ejecutoriada
- AUTO SUPREMO: 106/2019
- FECHA: Sucre, 17 de julio de 2019
- EXPEDIENTE Nº: 39/2018
- PROCESO: Recurso Extraordinario de Revisión de Sentencia Ejecutoriada
- PARTES: Hugo René Sejas Terán contra la Sentencia Nº 19/2016 de fecha 22 de marzo
- MAGISTRADO TRAMITADOR: Olvis Egüez Oliva
- VISTOS EN SALA PLENA: El Recurso Extraordinario de Revisión de Sentencia interpuesto por Hugo René
- CONSIDERANDO I: Que, mediante memorial presentado el 17 de septiembre de 2018, cursante de fs
- Del extenso resumen de las emergencias del referido proceso, el recurrente menciona que, luego de
- Refiere que, luego de transcurrido más de un mes de ejecutoriada la Sentencia, la demandada
- Señala que, una vez notificada con la Sentencia, la demandada interpuso recurso de apelación indicando
- Agrega que, citada de forma personal con la demanda, la demandada opuso excepción de prescripción
- Finalmente, señala que contra la mencionada Sentencia interpuso recurso de apelación, resuelta por la Sala
- Argumentos con los cuales, solicita se declare fundado su recurso y en su mérito se
- Asimismo se tiene que, mediante memorial de fs
- ; y, 4) Cuando después de pronunciada, se recobraren documentos decisivos detenidos por fuerza mayor
- Al respecto, este Alto Tribunal de Justicia, sobre la definición del Recurso de Revisión Extraordinaria
- En el caso concreto, el recurrente invocando la causal contenida en el art
- En conclusión, habiendo el recurrente efectivamente indicado el juzgado donde se encontrare el expediente en
- POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, notifíquese y archívese
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