Auto Supremo AS/0106/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0106/2019

Fecha: 17-Jul-2019

Señala que, una vez notificada con la Sentencia, la demandada interpuso recurso de apelación indicando


Señala que, una vez notificada con la Sentencia, la demandada interpuso recurso de apelación indicando que nunca recibió pago alguno, y que más bien como madre lo habría hecho de forma voluntaria para que el demandante tenga donde vivir, confesando así que firmó el documento de compra de 28 de agosto de 2003; por lo cual, el recurrente considera la existencia de fraude procesal, afirmando que la demandada maquinó su recurso de apelación, toda vez que no podía demandar la nulidad de obrados, al haber sido ya resuelto ese aspecto como refirió anteriormente, máxime cuando la demandada ya era parte del proceso, pues el 25 de mayo de 2010, ésta habría participado en la audiencia de confesión provocada a la que fue emplazado el demandante; agrega que en su apelación la demandada no logró probar los agravios sufridos por la Sentencia; no obstante, señala que el Juez Cuarto de Partido en lo Civil, mediante Resolución de 25 de marzo de 2013, sin tener competencia anuló obrados hasta el estado de citarse de forma personal con la demanda a la demandada, resolución que según el recurrente es contraria a la Constitución y a las leyes, además de constituir Prevaricato, por ser contrario a las previsiones de los arts. 510.I, 1297, 1318, 1319, 1322 del Código Civil; 1, 90, 91, 124, 125, 126, 149, 236, 337, 371, 404.II, 409, 410 y 477 del Código de Procedimiento Civil abrogado