Auto Supremo AS/0112/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0112/2019

Fecha: 17-Jul-2019

CONSIDERANDO III: Que, según dispone el artículo 502 del Código Procesal Civil, las sentencias y


CONSIDERANDO III: Que, según dispone el artículo 502 del Código Procesal Civil, las sentencias y otras resoluciones judiciales dictadas en el extranjero tendrán en el Estado Plurinacional de Bolivia, efectos imperativos probatorios y fuerza ejecutoria, con arreglo a lo que establezcan los Tratados o Convenios existentes