Así planteados los hechos, no es posible para este Tribunal de casación, resolver un recurso
Así planteados los hechos, no es posible para este Tribunal de casación, resolver un recurso formulado erróneamente en la forma, solicitando la nulidad de obrados hasta el memorial de 26 de julio, para que a partir de ese momento se dirija la demanda contra el representante legal de la empresa MIDWAY SRL, siendo los argumentos expuestos referidos a la casación en el fondo, cuya forma de resolución se traduce en la casación de la resolución impugnada, lo que en los hechos implicaría, en caso de ser cierto lo alegado por el recurrente, fallar de una forma distinta a la solicitada
- El Código de Procedimiento Civil de 6 de agosto de 1975, elevado a rango de
- Al presente, estando en vigencia plena el Código Procesal Civil (CPC) -Ley 439 de 19
- Con carácter previo, es preciso señalar que el recurso de casación, se constituye en una
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- De forma seguida, citando textualmente los arts
- Lo referido precedentemente, da cuenta que, si bien el recurrente plantea su recurso de casación
- Así planteados los hechos, no es posible para este Tribunal de casación, resolver un recurso
- Otro aspecto no menos importante, es la omisión en la que incurre el interesado al
- Finalmente, cabe también mencionar respecto al memorial de fs
- De lo anterior se tiene entonces que, si bien el recurrente cumple con los requisitos
- La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia,
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.-
