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    Auto Supremo AS/0524/2019-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0524/2019-RA

    Fecha: 24-Jul-2019

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    • Por memorial presentado el 15 de enero de 2019, cursante de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • Contra la mencionada Sentencia, los acusados Raphael Jesús Cruz Callisaya (fs
    • La recurrente, aludiendo a los antecedentes y los presupuestos de admisibilidad del recurso de casación,
    • Alega que el Tribunal de alzada hubiere incurrido en incongruencia omisiva al no pronunciarse sobre
    • Denuncia falta de fundamentación por parte del Tribunal de alzada, puesto que en apelación restringida
    • El derecho de Impugnación encuentra su fundamento en el art
    • En este contexto, el art
    • i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
    • ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
    • iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
    • Este entendimiento, también asumido en el Auto Supremo Nº 118/2015-RRC de 24 de febrero, no
    • Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
    • IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
    • La recurrente como primer motivo, denuncia que el Tribunal de alzada incurrió en vulneración del
    • En el presente motivo casacional, la recurrente invoca los Autos Supremos 061/2013-RRC de 8 de
    • Situación distinta sucede con los Autos Supremos 135/2014-RRC de 28 de abril y 494 de
    • En el segundo motivo de casación, la recurrente alega que el Tribunal de alzada incurrió
    • En ese planteamiento el recurrente invoca la posible contradicción con los Autos Supremos 124 de
    • Como tercer motivo, denuncia la falta de fundamentación por parte del Tribunal de alzada, puesto
    • Al respecto, la recurrente invoca contradicción con los Autos Supremos 178/2012 de 16 de julio,
    • No obstante la parte recurrente, si bien no sostuvo contradicción respecto a los precedentes invocados,
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • Secretario de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela

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