Aspecto por el cual plantea el recurso de compulsa pidiendo sea declarada legal y
Que el art. 46.I del Código Procesal Civil, hace referencia a la representación sin mandato que puede ser ejercida por el esposo o esposa por su cónyuge, entre otros y que conforme los antecedentes del proceso, el juez de primera instancia dispuso que la compulsante podía representar a su esposo Antonio Beltrán Choque conforme la figura de representación sin mandato, sin embargo, ahora al realizar dicho acto resulta lo contrario pues el Tribunal de alzada refiere que no tiene legitimación para interponer recurso de casación lo que denota una parcialización además de una indebida negativa de concesión del recurso de casación en perjuicio de la compulsante favoreciendo al contrario.
Aspecto por el cual plantea el recurso de compulsa pidiendo sea declarada legal y se ordene la admisión del recurso de casación planteado
Aspecto por el cual plantea el recurso de compulsa pidiendo sea declarada legal y se ordene la admisión del recurso de casación planteado
- Partes: Lucien Ruiz Santos de Beltrán c/ Vocales de la Sala Civil, Comercial, de Familia,
- Expediente: O-30-19-Com
- Distrito: Oruro
- El Juez Público Civil y Comercial Nº 11 de Oruro emitió la Sentencia N° 112/2017
- Ante esta decisión Lucien Ruiz Santos de Beltrán, presentó recurso de casación de fs
- CONSIDERANDO II
- Aspecto por el cual plantea el recurso de compulsa pidiendo sea declarada legal y
- CONSIDERANDO III
- La Ley Nº 439 de 19 de noviembre de 2013, en su art
- La exigencia del art
- Ahora bien en relación con el aforismo “per saltum”, es una locución latina que significa
- Dicho aforismo jurídico se acomoda a la exigencia de la legitimación para recurrir
- CONSIDERANDO IV
- En ese entendido de la revisión de los antecedentes del proceso se tiene que el
- Al respecto se debe manifestar que si bien el Auto de Vista recurrido confirmó la
- Asi también la compulsante esposa del codemandado Antonio Beltrán Choque en aplicación del art
- Por otra parte se debe aclarar que conforme a la normativa legal vigente la representación
- Consiguientemente existiendo una norma especial, no se evidencia infracción cometida por el Ad quem pues
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en ejercicio de la atribución
- De conformidad al art
- Regístrese, comuníquese y devuélvase.
