Centrando su reclamo en que en el caso no existen planos ni certeza de la
3. Expresaron interpretación errónea y aplicación indebida del art. 1545 del Código Civil, porque debió limitarse a verificar las tres condiciones o requisitos a ser cumplidos como ser: 1.- Que el actor haya inscrito en el registro Público su título de dominio sobre el bien que ostenta su derecho propietario con anterioridad a la inscripción del título de dominio que tuvieren otros adquirientes del mismo bien. 2.- Que el título de dominio del actor y del demandado provengan de un mismo origen propietario, y: 3.- La identidad o singularidad del bien o cosa que se demanda mejor derecho de propiedad.
Centrando su reclamo en que en el caso no existen planos ni certeza de la ubicación de lo cedido gratuitamente
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- Auto Supremo: 737/2019-RA
- Expediente: CB-59-19-S
- Proceso: Acción negatoria y mejor derecho propietario
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- Declarando el mejor derecho propietario del Gobierno Autónomo de Cochabamba sobre la fracción de terreno
- Modificándose la superficie respecto a los demandados, del lote Nº 8 de 2 667
- II.1. De la resolución impugnada. Análisis de impugnabilidad
- II.2. Del plazo y cómputo de la presentación del recurso de casación
- II.3. De la legitimación procesal
- II.4. Del contenido del recurso de casación
- De los recursos de casación, interpuestos tanto por la parte demandada como por la garante
- En el Fondo
- 2
- Centrando su reclamo en que en el caso no existen planos ni certeza de la
- Petitorio
- Solicitaron casar el Auto de Vista recurrido y declarar improbada la demanda principal de mejor
- Recurso de Juana Betty Coca Wills de Baya
- Así planteados los agravios por ambos recurrentes, se concluye que, en la forma, han cumplido
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
