Auto Supremo AS/0360/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0360/2019

Fecha: 14-Ago-2019

De tal manera en la especie, una vez efectuada la desvinculación laboral del actor con

De tal manera en la especie, una vez efectuada la desvinculación laboral del actor con la institución demandada ahora recurrente, que se produjo el 30 de abril de 2009, que si bien la entidad recurrente hizo el pago de los beneficios sociales, no lo efectuó antes de los 15 días que prevé la ley, para el pago parcial de sus beneficios sociales; sin embargo, el pago de tales beneficios no fueron cancelados en su totalidad; en ese entendido, los de instancia sancionaron la multa de manera correcta, sólo sobre el saldo de lo adeudado o por pagar; vale decir, sobre el monto de Bs. 7256,25. Con actualización de valor; por lo que, la parte empleadora, hoy recurrente, incumplió con el pago oportuno de los beneficios y derechos laborales en su totalidad en el plazo establecido por ley; ante ello, debe ser pasible al pago de la multa del 30%, sobre el saldo, como acertada y correctamente dispusieron los de instancia