I.1.- Sentencia
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
SEGUNDA
Auto Supremo 360/2019
Sucre, 14 de agosto de 2019
Expediente: SC-CA.SAII-CBBA. 176/2018
Distrito: Cochabamba
Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
VISTOS:
El Recurso de Casación de fojas 148 a 150 vta., interpuesto por Noel Fernández Saavedra en representación legal de SEMAPA, contra el Auto de Vista Nº 087/2017 de fecha 29 de junio 2017, de fs 137 a 138 vta., emitido por la Sala Social y Administrativa, Contenciosa y Contencioso Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso social por reintegro de beneficios sociales seguido por Raymundo Marquina Gutiérrez contra el recurrente, al Auto de 23 de marzo de 2018 de fs. 154 que concedió el recurso, el Auto Supremo de admisión de fs. 161 vta. Los antecedentes procesales, y:
I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
I.1.- Sentencia:
Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Segundo de Trabajo y Seguridad Social de la Ciudad de Cochabamba, emitió la Sentencia 128/2013 de 5 de octubre (fs. 109 a 111 vta.) declarando probada la demanda de fojas 10 a 11, debiendo la Institución demandada cancelar por concepto reintegro de beneficios sociales multa del 30% en el monto de Bs. 7.256,25 más actualización de la UFV¨s para efecto de mantenimiento de valor correspondiente a calcularse en ejecución de sentencia
SEGUNDA
Auto Supremo 360/2019
Sucre, 14 de agosto de 2019
Expediente: SC-CA.SAII-CBBA. 176/2018
Distrito: Cochabamba
Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
VISTOS:
El Recurso de Casación de fojas 148 a 150 vta., interpuesto por Noel Fernández Saavedra en representación legal de SEMAPA, contra el Auto de Vista Nº 087/2017 de fecha 29 de junio 2017, de fs 137 a 138 vta., emitido por la Sala Social y Administrativa, Contenciosa y Contencioso Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso social por reintegro de beneficios sociales seguido por Raymundo Marquina Gutiérrez contra el recurrente, al Auto de 23 de marzo de 2018 de fs. 154 que concedió el recurso, el Auto Supremo de admisión de fs. 161 vta. Los antecedentes procesales, y:
I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
I.1.- Sentencia:
Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Segundo de Trabajo y Seguridad Social de la Ciudad de Cochabamba, emitió la Sentencia 128/2013 de 5 de octubre (fs. 109 a 111 vta.) declarando probada la demanda de fojas 10 a 11, debiendo la Institución demandada cancelar por concepto reintegro de beneficios sociales multa del 30% en el monto de Bs. 7.256,25 más actualización de la UFV¨s para efecto de mantenimiento de valor correspondiente a calcularse en ejecución de sentencia
- I.1.- Sentencia
- El recurrente manifiesta que de conformidad a lo establecido en el art
- Expresó el recurrente que el auto de vista se limitó a realizar un análisis sobre
- Respecto, a la demanda se puede evidenciar que en el petitorio se interpone demanda de
- Respecto a la actualización y multa previstas en el art
- Solicitando al Tribunal de Justicia se anule obrados hasta el vicio más antiguo, asimismo se
- En este contexto, revisados los actuados procesales, se advierte, que la parte recurrente no reclamó
- En el caso que se analiza, se cuestiona el auto de vista recurrido por el
- De lo manifestado precedentemente, se advierte que la parte recurrente, pretende se efectúe una nueva
- Respecto al pago oportuno de los derechos y beneficios sociales de los trabajadores, no solo
- Ante ello el empleador en cumplimiento de lo que la ley le ordena, debió tomar
- De tal manera en la especie, una vez efectuada la desvinculación laboral del actor con
- Consiguientemente y en mérito de lo expuesto, no siendo evidentes las infracciones acusadas en el
- La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia,
- Sin costas en aplicación del art. 39 de la Ley 1178
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
