Auto Supremo AS/0367/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0367/2019

Fecha: 14-Ago-2019

En esa condición, se hace necesario analizar la norma establecida en el D

En esa condición, se hace necesario analizar la norma establecida en el D.S Nº 23570 de 26 de julio de 1993, en su artículo 1 inciso a), sobre la relación de dependencia y subordinación del trabajador respecto del empleador; por lo que al haberse demostrado su condición de socia casera del inmueble de la Sociedad 6 de agosto, no existe la condición esencial de dependencia y subordinación de Carmen Rea Barba, con la Sociedad de Beneficencia 6 de agosto, toda vez que en esa condición, se consideró como responsable de la sede social, así como los bienes, en consideración a ser la casera del inmueble de la sociedad, por su condición de socia beneficiaria, queriendo confundir en su pretensión, el hecho que de manera ocasional en ciertos eventos sociales, por quienes ocasionalmente lo solicitaban, fue la persona que atendía