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En base a esas consideraciones, revisado el recurso de casación en el fondo, se tiene que:
1. Fue presentado dentro del plazo establecido por ley, tal cual se evidencia de la diligencia de notificación de fs. 168 y el timbre electrónico de fs. 170; observando lo dispuesto por el art. 274.I.1 del CPC
1. Fue presentado dentro del plazo establecido por ley, tal cual se evidencia de la diligencia de notificación de fs. 168 y el timbre electrónico de fs. 170; observando lo dispuesto por el art. 274.I.1 del CPC
- El Código de Procedimiento Civil de 6 de agosto de 1975, elevado a rango de
- Al presente, estando en vigencia plena el Código Procesal Civil (CPC) -Ley 439 de 19
- Con carácter previo, es preciso señalar que el recurso de casación, se constituye en una
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- De lo expuesto, se observa que los argumentos planteados por la parte recurrente, están dirigidos
- Lo dicho da cuenta que la parte recurrente, no consideró lo prescrito por el art
- Las imprecisiones en las que incurre la empresa recurrente, dan cuenta del desconociendo de los
- De lo anterior se tiene entonces que, si bien la parte recurrente cumple con los
- La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia,
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.-
