Auto Supremo AS/0541/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0541/2019-RA

Fecha: 02-Ago-2019

El art


Finalmente, acusa la falta de congruencia debido a que denunció en apelación restringida el defecto de Sentencia previsto en el art. 370 inc. 6) del CPP, relativo a hechos inexistentes o la errónea valoración probatoria, donde sostuvo que la Sentencia condenatoria se basó en el hecho que el ciudadano Carlos Weber dio una entrevista y que los acusados fueron encontrados con armas de fuego, sin embargo ambos aspectos refiere el recurrente que nunca existieron en el proceso penal, pues nunca declaró dicha persona y tampoco existió acta alguna de las referidas armas, por lo que argumenta que no fuese evidente lo indicado en alzada, pues vulnera su derecho de impugnación.

III. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN

El art. 180.II de la Constitución Política del Estado (CPE), garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, que se constituye a su vez en una garantía judicial conforme lo determinan los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; debiendo los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del CPP