Auto Supremo AS/0541/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0541/2019-RA

Fecha: 02-Ago-2019

Regístrese, hágase saber y cúmplase


Finalmente, respecto al cuarto motivo traído en casación, el recurrente denuncia la falta de congruencia, aludiendo que en apelación restringida sostuvo el defecto de Sentencia previsto en el art. 370 inc. 6) del CPP, donde argumentó que para ser condenado la decisión se basó en una supuesta entrevista de Carlos Weber y en la existencia de armas de fuego, cuando en realidad ambos aspectos fueron inexistentes, situación por la que alude la vulneración a su derecho de impugnación, advirtiéndose que el recurrente omite invocar precedentes contradictorios inobservando los requisitos previstos en los arts. 416 y 417 del CPP, además tampoco identifica en forma clara el supuesto agravio incurrido por el Tribunal de alzada, ya que si bien refiere una falta de congruencia no explica en qué consiste dicho agravio, limitándose a señalar lo que denunció en apelación restringida, sin referir mínimamente qué se concluyó en alzada, razones por las que se declara este motivo en inadmisible, aun acudiendo a los criterios de flexibilización.

POR TANTO

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 418 del CPP, declara ADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Carlos Vicente de Giacomo Callau, de fs. 585 a 595 vta., únicamente para el análisis de fondo de los motivos primero, segundo y tercero. Asimismo, en cumplimiento del mencionado artículo en su segundo párrafo, dispone que por secretaría de Sala se haga conocer a las Salas Penales de los Tribunales Departamentales de Justicia del Estado Plurinacional, mediante fotocopias legalizadas, el Auto de Vista impugnado y el presente Auto Supremo.

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