Auto Supremo AS/0557/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0557/2019-RRC

Fecha: 05-Ago-2019

Por consiguiente, al tenerse que la irregularidad acusada por el recurrente, no resulta trascendente para


Consiguientemente, se constata que en el caso de Autos, es aplicable el principio de trascendencia, porque el dejar sin efecto el Auto de Vista ahora impugnado, ante la vulneración del derecho a la doble instancia por improcedencia del defecto de Sentencia contenido en el inc. 1) del art 370 del CPP, conllevaría la pretensión del recurrente y la nueva Resolución al mismo resultado, desnaturalizando así el principio constitucional de celeridad que exige que un proceso sea desarrollado sin dilaciones; que así se desenvuelva y tramite en condiciones de normalidad, en el que las partes del proceso y los intereses litigiosos puedan recibir pronta satisfacción mediante un resultado que se encuentre dirimido y dictaminado en un tiempo razonable en el marco de la razonabilidad jurídica y el resguardo de los valores supremos y principios que constituyen la base esencial del Estado Constitucional de Derecho, en este caso, acordes a los principios de celeridad e inmediatez establecidos en la CPE.

Por consiguiente, al tenerse que la irregularidad acusada por el recurrente, no resulta trascendente para la invalidación del Auto de Vista impugnado, por cuanto su incidencia no es determinante en la decisión adoptada por la Sala de apelación, el motivo de análisis deviene en infundado