Por memorial presentado el 22 de marzo de 2019, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 574/2019-RA
Sucre, 12 de agosto de 2019
Expediente: Santa Cruz 64/2019
Parte Acusadora : Luis Estaban Loza Quaglini
Parte Imputada: Claudia Yaquelin Rivero Terrazas
Delito : Calumnia
RESULTANDO
Por memorial presentado el 22 de marzo de 2019, cursante de fs. 167 a 169, Claudia Yaquelin Rivero Terrazas, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 65 de 29 de noviembre de 2018, de fs. 150 a 156, pronunciado por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por Luis Estaban Loza Quaglini contra la recurrente, por la presunta comisión del delito de Calumnia, previsto y sancionado por el art. 283 del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 574/2019-RA
Sucre, 12 de agosto de 2019
Expediente: Santa Cruz 64/2019
Parte Acusadora : Luis Estaban Loza Quaglini
Parte Imputada: Claudia Yaquelin Rivero Terrazas
Delito : Calumnia
RESULTANDO
Por memorial presentado el 22 de marzo de 2019, cursante de fs. 167 a 169, Claudia Yaquelin Rivero Terrazas, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 65 de 29 de noviembre de 2018, de fs. 150 a 156, pronunciado por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por Luis Estaban Loza Quaglini contra la recurrente, por la presunta comisión del delito de Calumnia, previsto y sancionado por el art. 283 del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 22 de marzo de 2019, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del recurso de casación interpuesto, se extraen los siguientes agravios
- Finalmente, señala que denunció la falta de fundamentación de la pena, al no justificarse los
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos, se advierte que el 15 de marzo de 2019, la
- Como primer motivo traído en casación, la recurrente señala que en apelación restringida denunció la
- En cuanto al segundo motivo traído en casación, la recurrente se refiere al elemento de
- Regístrese, hágase saber y cúmplase.
