Auto Supremo AS/0578/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0578/2019-RA

Fecha: 12-Ago-2019

Analizando el motivo alegado, el recurrente invoca como precedentes los Autos Supremos 30 de 26


Analizando el motivo alegado, el recurrente invoca como precedentes los Autos Supremos 30 de 26 de enero de 2007, 145/2013-RRC de 28 de mayo y 287 de 11 de octubre de 2007, incurriendo en el mismo error recursivo identificado en la primera parte del anterior motivo, debido a que a pesar de invocarlos conforme al art. 416 del CPP, únicamente limitó a citarlos de manera simple y llana, sin establecer cuál la contradicción entre dichos fallos con el Auto de Vista impugnado, presupuesto de admisibilidad establecido en el art. 417 del CPP. Asimismo, respecto al precedente del Auto Supremo 263/2017-RRC de 17 de abril, el recurrente pese de invocar la contradicción pretendida, obvio considerar –reiteradamente- que el precedente no contiene doctrinal legal aplicable al haber declarado infundado el recurso que resolvió en el fondo, debiéndose considerar que a los efectos del art. 420 del CPP, únicamente serán de aplicación obligatoria los precedentes que establezcan doctrina legal aplicable, caso contrario el efecto obligatorio no tiene ningún sustento legal, pero aquello no significa que no tengan aplicación práctica, ya que los criterios que establezcan los precedentes no obligatorios, pueden ser analizados como referenciales meramente