Se vulnera el debido proceso, el derecho a la tutela judicial efectiva y, en concreto,
Con similar razonamiento, a través del Auto Supremo 111 de 11 de mayo de 2012, se aclaró que el incumplimiento de una exposición razonada y fundamentada de las razones que llevaron al decisorio en la resoluciones judiciales, afecta la garantía del debido proceso, expresando: “Se vulnera la garantía del debido proceso, cuando se incumple la exigencia de motivación de las resoluciones, que es precisamente uno de sus componentes, pues la motivación constituye garantía para el justiciable frente a posibles arbitrariedades judiciales; en consecuencia, toda autoridad que emita una resolución resolviendo una situación jurídica, inexcusablemente debe hacerlo sobre la base de datos objetivos que proporcionan los antecedentes cursantes en obrados y el ordenamiento jurídico, por lo que la fundamentación debe ser expresa y puntual, exponiendo los motivos de hecho y derecho que sustentan su decisión, en sujeción de los parámetros de especificidad, claridad, completitud, legitimidad y logicidad; no siendo exigible que la misma sea ampulosa o extensa, sino, que debe expresar de forma clara y precisa los razonamientos lógico-jurídicos base de su decisorio, en observancia del principio de la razón suficiente; lo contrario implica dejar en estado de incertidumbre y/o inseguridad a las partes respecto a su pretensión jurídica
Se vulnera el debido proceso, el derecho a la tutela judicial efectiva y, en concreto, el derecho a la debida motivación de las resoluciones, que obliga a los órganos judiciales a resolver las alegaciones de las partes de manera expresa cada una de ellas, cuando se emite una resolución sin atender todas las denuncias realizadas; por lo que las resoluciones deben responder emitiendo los criterios jurídicos sobre cada punto impugnado, caso contrario, genera indefensión en el recurrente
Se vulnera el debido proceso, el derecho a la tutela judicial efectiva y, en concreto, el derecho a la debida motivación de las resoluciones, que obliga a los órganos judiciales a resolver las alegaciones de las partes de manera expresa cada una de ellas, cuando se emite una resolución sin atender todas las denuncias realizadas; por lo que las resoluciones deben responder emitiendo los criterios jurídicos sobre cada punto impugnado, caso contrario, genera indefensión en el recurrente
- Por memorial presentado el 20 de noviembre de 2018, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 070/2019-RA de 14 de febrero,
- Reclama el recurrente, que el Auto de Vista recurrido vulneró la garantía del debido proceso,
- I.1.2. Petitorio
- Mediante Auto Supremo 070/2019-RA de 14 de febrero, este Tribunal admitió en forma extraordinaria el
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y establecido el ámbito de
- Los imputados al momento de la comisión del hecho se encontraban en pleno uso de
- II.2. Del recurso de apelación restringida
- Contra la mencionada Sentencia, el imputado Juan Carlos Amaya Jaramillo, interpuso recurso de apelación restringida,
- La Sentencia recurrida no cuenta con la debida fundamentación en cuanto a la subsunción del
- En cuanto a la prueba de cargo presentada por el Ministerio Público, el Juez de
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- Radicado el recurso ante el Tribunal de Apelación, emitió el Auto de Vista 54/2018 de
- Ante el reclamo referido a que en la requisa no se encontró nada en el
- No es evidente el reclamo de falta de fundamentación en la subsunción, ya que los
- Admitido el recurso de casación, corresponde emitir pronunciamiento de fondo, dentro de los límites establecidos
- El debido proceso concebido en la Norma Fundamental, en sus tres dimensiones, principio, derecho y
- En ese contexto normativo, la entonces Corte Suprema de Justicia, hoy Tribunal Supremo, en reiterados
- De ahí que la motivación de los fallos emergentes de los recursos, debe ser expresa,
- a) Expresa: porque el Tribunal, no puede suplirla por una remisión a otros actos, o
- c) Completa: la exigencia comprende a todas las cuestiones planteadas por las partes en los
- La motivación de los fallos emergentes de los recursos, para ser completa, debe referirse al
- e) Lógica: finalmente se exige que la sentencia cumpla con las reglas de logicidad,
- Se vulnera el debido proceso, el derecho a la tutela judicial efectiva y, en concreto,
- Bajo esas consideraciones, se establece la falta de fundamentación en el Auto de Vista impugnado,
- III.2.Análisis del caso concreto
- Ingresando al análisis del único motivo traído en casación, conforme se precisó en los antecedentes
- Al respecto, el Tribunal de alzada abrió su competencia y desestimó su denuncia, fundamentando ante
- De esta relación necesaria de antecedentes, se tiene que el Tribunal de alzada cumplió con
- Siendo así, de los argumentos expuestos se tiene que el Tribunal de alzada cumplió con
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- FDO
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque
