Por memorial presentado el 22 de abril de 2019, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 641/2019-RA
Sucre, 22 de agosto de 2019
Expediente: La Paz 69/2019
Parte acusadora: Rosario Mora Gutiérrez
Parte imputada: Marianela Janeth Loayza Gutiérrez
Delitos: Calumnia y otros
RESULTANDO
Por memorial presentado el 22 de abril de 2019, cursante de fs. 468 a 471, Rosario Mora Gutiérrez interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 27/2019 de 14 de marzo, de fs. 460 a 463 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por la recurrente contra Marianela Janeth Loayza Gutiérrez, por la presunta comisión de los delitos de Calumnia, Injuria y Despojo, previstos y sancionados por los arts. 283, 287 y 351 del Código Penal (CP), respectivamente
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 641/2019-RA
Sucre, 22 de agosto de 2019
Expediente: La Paz 69/2019
Parte acusadora: Rosario Mora Gutiérrez
Parte imputada: Marianela Janeth Loayza Gutiérrez
Delitos: Calumnia y otros
RESULTANDO
Por memorial presentado el 22 de abril de 2019, cursante de fs. 468 a 471, Rosario Mora Gutiérrez interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 27/2019 de 14 de marzo, de fs. 460 a 463 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por la recurrente contra Marianela Janeth Loayza Gutiérrez, por la presunta comisión de los delitos de Calumnia, Injuria y Despojo, previstos y sancionados por los arts. 283, 287 y 351 del Código Penal (CP), respectivamente
- Por memorial presentado el 22 de abril de 2019, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes agravios
- El art
- En este contexto, el art
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- La recurrente en el primer motivo de casación indica, que la parte resolutiva del Auto
- Fdo
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
