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    Auto Supremo AS/0648/2019-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0648/2019-RA

    Fecha: 22-Ago-2019

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    • Por memorial presentado el 16 de abril de 2019, cursante de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • Contra la referida Sentencia, Sergio Andrés Claros Terán apoderado legal de la acusadora particular María
    • Por diligencia de 9 de abril de 2019 (fs
    • Del memorial de casación, se extraen los siguientes motivos
    • Por otra parte reclama que el Tribunal de alzada no observó la doctrina legal aplicable
    • Finalmente el recurrente reclama, que el Auto de Vista impugnado y su Auto Complementario resultan
    • El art
    • En este contexto, el art
    • i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
    • ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
    • iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
    • Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
    • Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
    • IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
    • En el caso de autos se advierte que el recurrente fue notificado con el Auto
    • En el primer motivo el recurrente reclama que el Tribunal de alzada incurrió en
    • Al respecto, invoca el Auto Supremo 98/2013-RRC de 15 de abril, que establecería sobre el
    • En el segundo motivo, reclama que el Tribunal de alzada no debió señalar que se
    • Al respecto, el recurrente invoca el Auto Supremo 158/2016-RRC de 7 de marzo, que establecería
    • Respecto a la invocación del Auto Supremo 98/2013-RRC de 15 de abril, no será considerado
    • En el tercer motivo reclama que el Auto de Vista impugnado y su Auto Complementario
    • Sobre el referido motivo el recurrente invocó el Auto Supremo 24/2014-RRC de 24 de marzo;
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • Secretario de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela

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