Auto Supremo AS/0697/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0697/2019-RRC

Fecha: 27-Ago-2019

El Auto de Vista 37/2018 de 24 de julio, declaró admisibles e improcedentes ambas apelaciones,


II.3. Del Auto de Vista impugnado.

El Auto de Vista 37/2018 de 24 de julio, declaró admisibles e improcedentes ambas apelaciones, motivando que José Alberto Ortiz Tomasi por memorial de 7 de noviembre de 2018, formule solicitud de explicación, complementación y enmienda, resuelta por Auto Complementario de 12 de noviembre de 2018. Los argumentos asumidos por el Tribunal de alzada son los siguientes en relación a la apelación al imputado:

Respecto al defecto previsto en el art. 370 num. 1 del CPP, se tiene en Sentencia que el hecho existió al haberse verificado de los mismos testigos de cargo que el imputado vertió amenazas graves y pretendió incurrir en avasallamiento utilizando el arma de fuego, que evidentemente provocó un miedo inminente en la víctima, además de existir amedrentamiento a los vivientes del lugar, situación presenciada por Ronal Ortiz a momento de que el acusado sacó su arma de fuego. Asimismo, se profirieron amenazas contra los vecinos de la propiedad, bajo la afirmación de ser el dueño de los predios, amenazando con desalojos, lo que claramente se adscribe a una tentativa de Avasallamiento, por lo que la conducta se subsumió a los tipos penales