2
2.Resolución de primera instancia que al ser recurrida en apelación por Armando Vargas Rojas mediante memorial cursante de fs. 1396 a 1403; la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, emitió el Auto de Vista N° S.C.C.II 162/2019 de 11 de julio, cursante de fs. 1606 a 1608, ANULANDO obrados hasta fs. 1368 inclusive, debiendo el juez a salvedad de actos de mejor proveer emitir directamente una nueva sentencia
- CONSIDERANDO I
- 2
- 3
- CONSIDERANDO II
- Del análisis del Auto de Vista N° S
- Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), conforme se tiene de la diligencia que cursa
- 3.De la Legitimación procesal
- De igual forma, se colige que los recurrentes, al margen de identificar debidamente la
- a)Que el Tribunal de alzada sin ningún fundamento y vulnerando el art
- b)Que la interpretación del art
- De esta manera, solicita la emisión de un Auto Supremo que se anule el auto
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En atención a la carga procesal pendiente en esta sala, la causa aguarde turno para
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
