b) Que, la Escritura Pública que pretende hacer valer el Auto de Vista carece de
b) Que, la Escritura Pública que pretende hacer valer el Auto de Vista carece de valor legal, al encontrarse la legitimación insuficiente, vale decir, la legitimación total de los herederos y no solo uno, lo que conlleva a un error en la inscripción de este derecho en el registro de Derechos Reales
- Auto Supremo: 787/2019-RA
- Expediente: LP-97-19-S
- Proceso: Nulidad de escrituras y cancelación de partidas
- Distrito: La Paz
- CONSIDERANDO I
- 3
- CONSIDERANDO II
- Emitida la resolución recurrida (auto de vista), así como el Auto de complementación, conforme se
- 3. De la Legitimación procesal
- 4. Del contenido de los recursos de casación
- 4
- a) Que, el Auto de Vista afectó plenamente el derecho constitucional a la propiedad privada
- b) Que, la Escritura Pública que pretende hacer valer el Auto de Vista carece de
- a)Que la declaratoria de herederos realizada por Lucio Condori Quispe fue inducida en error a
- Por todo lo expuesto, solicitó se dicte resolución casando el Auto de Vista y declarando
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En atención a la carga procesal de esta Sala, la causa aguarde turno para
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
