Auto Supremo AS/0794/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0794/2019

Fecha: 22-Ago-2019

Entonces, estos razonamientos nos permiten inferir que la presencia de agravio o perjuicio es el

Entonces, estos razonamientos nos permiten inferir que la presencia de agravio o perjuicio es el elemento fundamental que habilita el interés legítimo para recurrir, y no basta la sola declaración de impugnar o recurrir, sino que se requiere además agregar los motivos, agravios o fundamentos que den méritos al impugnante, pues a partir de ello se podrá determinar la legitimación procesal del recurrente, adquiriendo esa calidad, solamente los litigantes que han sufrido agravio o perjuicio con una determinada resolución, situación que se encuentra establecido en el art. 272 del Código Procesal Civil, siendo además aplicable lo dispuesto en el art. 213 del mismo cuerpo legal por estar referido a los recursos en general