Auto Supremo AS/0806/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0806/2019

Fecha: 14-Ago-2019

En cumplimiento de esta obligación procesal, velando por el acatamiento de las normas citadas, de

En cumplimiento de esta obligación procesal, velando por el acatamiento de las normas citadas, de la revisión del expediente se advierte que el tribunal de alzada al momento de emitir el Auto de Vista Nº 16/2018, de 30 de enero de fs. 149 a 150 de obrados, que REVOCA la Sentencia impugnada, y deliberando en el fondo, declara PROBADA la demanda interpuesta por la Empresa UNIGRAF S.R.L., de lo que resulta que emitieron una resolución con la debida motivación y fundamentación, puesto que, al llegar a la conclusión asumida, realizaron un análisis exhaustivo y prolijo de los presuntos agravios sufridos, de la prueba producida en el proceso, ya que se advierte un razonamiento lógico por parte del tribunal de segunda instancia para determinar la revocatoria del fallo de primera instancia, concluyendo en definitiva que se cumplió con el mandato del art. 218 numeral II inc. 3) del Código Procesal Civil