a)Que el Tribunal de alzada obró excediendo en sus atribuciones, pues emite un auto de
4. Del contenido del recurso de casación.
De la revisión del recurso de casación, se evidencia que Víctor Condori Almanza representado legalmente por Félix Canllavi Rodríguez en lo trascendental de dicho medio de impugnación acusa:
a)Que el Tribunal de alzada obró excediendo en sus atribuciones, pues emite un auto de vista sin limitar su fallo a lo expresamente demandado, infringiendo el art. 213 del Código Procesal Civil
De la revisión del recurso de casación, se evidencia que Víctor Condori Almanza representado legalmente por Félix Canllavi Rodríguez en lo trascendental de dicho medio de impugnación acusa:
a)Que el Tribunal de alzada obró excediendo en sus atribuciones, pues emite un auto de vista sin limitar su fallo a lo expresamente demandado, infringiendo el art. 213 del Código Procesal Civil
- Auto Supremo: 818/2019-RA
- Expediente: CB-65-19-S
- CONSIDERANDO I
- 3
- CONSIDERANDO II
- Del análisis del Auto de Vista de 04 de junio de 2019, cursante de fs
- Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), conforme se tiene de la diligencia cursante a
- 3. De la legitimación procesal
- De igual forma, se colige que el recurrente, al margen de identificar debidamente la
- a)Que el Tribunal de alzada obró excediendo en sus atribuciones, pues emite un auto de
- b)Refiere que los fundamentos de la resolución de alzada son erróneos tanto en la forma
- c)Indicó que el Tribunal de alzada incurrió en la transgresión de las reglas de criterio
- d)Que en el presente proceso se acreditó la existencia de ilicitud de la causa y
- De esta manera, solicita la emisión de un Auto Supremo que case el auto de
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
