Auto Supremo AS/0834/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0834/2019

Fecha: 26-Ago-2019

Conforme lo expuesto del recurso de casación de Jorge Antonio Urquidi Marza, se extractan los

CONSIDERANDO II:
CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
Conforme lo expuesto del recurso de casación de Jorge Antonio Urquidi Marza, se extractan los siguientes reclamos:
1. Señaló que el Auto de Vista vulneró el principio de incongruencia interna y externa porque no consideró la nulidad de obrados interpuesta en el memorial de apelación, conculcando el art. 108 de la Ley Nº 439 y el art. 17 de la Ley del Órgano Judicial, así como el derecho a la petición, acceso a la justicia, debido proceso causándole indefensión porque tampoco revisaron de oficio los defectos y vicios de nulidad producidos en el curso de la primera instancia, conculcando así el principio de legalidad. Puesto que el Tribunal de apelación limitó, prohibió y desconoció el principio de impugnación reconocido en el art. 180.II de la Constitución Política del Estado, ya que no existe resolución de rechazo a la nulidad de obrados hasta fs. 238 para que el Tribunal fallara en el fondo