Auto Supremo AS/0466/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0466/2019

Fecha: 24-Sep-2019

Respecto a los arts

Respecto a los arts. 150 y 151 del CPT, a los que se deben adicionar por estar relacionados los arts. 3.h), 66 también del adjetivo laboral, y principalmente el art. 48.II de la CPE, que se refieren a la inversión de la carga de la prueba, disponiendo que es el empleador quien se encuentra obligado a desvirtuar los fundamentos de la acción, arrimando la prueba que estime conveniente y que sustente sus aseveraciones; es decir, la carga de la prueba es para el demandado