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    Auto Supremo AS/0470/2019
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0470/2019

    Fecha: 24-Sep-2019

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • DATOS DEL PROCESO Y DE LAS PARTES
    • I. ANTECEDENTES PROCESALES
    • Tramitado el proceso laboral de beneficios sociales y otros seguido por Arturo Janco Huallpa, contra
    • Auto de Vista
    • Interpuesto el recurso de apelación cursante a fs
    • Ante la determinación del Auto de Vista, René Alekine Pérez Llanos en representación legal de
    • Interpuesto el recurso de casación, se tienen los siguientes argumentos
    • 2
    • La parte demandante contesta el recurso de casación interpuesto, conforme cursa a fs
    • Del principio de verdad material
    • Prevalencia del derecho sustancial sobre el formal
    • En relación a la prevalencia del derecho sustancial sobre el formal, el Tribunal Constitucional Plurinacional
    • IV: ANALISIS DEL CASO EN CONCRETO
    • Por otra parte, a efectos didácticos de la resolución, es importante puntualizar que el Recurso
    • En el caso presente, se advierte que el Recurso de Casación cursante a fs
    • La controversia del recurso de casación en la forma identificada por este Tribunal de Casación,
    • En ese sentido, de la revisión de antecedentes corresponde señalar que, por el principio de
    • Ahora bien, es evidente que el artículo 149 del Código Procesal del Trabajo establece que,
    • Para el caso de análisis, debemos considerar que si bien es evidente que el sujeto
    • En este contexto, si bien el Tribunal de Casación en esta etapa recursiva no puede
    • En ese sentido, debemos entender que la figura procesal de la preclusión, no es rígida
    • En tal sentido corresponde, ordenar a la Juez de instancia admitir la prueba de descargo
    • En función de lo expuesto, corresponde asumir un criterio anulatorio hasta que la Juez de
    • POR TANTO: La Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
    • Sin multa por ser excusable
    • Por Secretaría de Sala cúmplase lo dispuesto por el art
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase.

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