Auto Supremo AS/0478/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0478/2019

Fecha: 24-Sep-2019

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2.- El SEDCAM, conforme prevé el art. 1 de la Ley Nº 3613 de 12 de marzo de 2007, restituye al régimen de la Ley General del Trabajo a sus trabajadores asalariados; esta misma norma, en su art. 8 refiere que es una entidad de derecho público, por lo cual, los trabajadores que presten servicios en ella, se encuentran sujetos a las responsabilidades funcionarias de conformidad a la Ley Nº 1178; y si bien, existe un reglamento que vela los derechos de los trabajadores, se exige se cumpla con las obligaciones