Auto Supremo AS/0489/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0489/2019

Fecha: 24-Sep-2019

Resulta claro, en el caso de autos, que no existe un contrato administrativo suscrito entre

Resulta claro, en el caso de autos, que no existe un contrato administrativo suscrito entre las partes y que no se llevó adelante ningún proceso de contratación para ejecutar el pintado del edificio PAISE N° 32; sin embargo, lo que no es evidente es que el actor haya desarrollado el proyecto de manera voluntaria, pues como se indica en la prueba cursante a fs. 83, es la Arq. Jenny Vargas Olivera, encargada de infraestructura a.i. de la CNS, quién solicita verbalmente la realización del trabajo a la empresa, por instrucciones verbales del jefe de servicios generales, Lic. Omar Reyes Bustillos