Auto Supremo AS/0729/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0729/2019-RA

Fecha: 09-Sep-2019

El art


Señala además que las razones por las que el voto disidente consideró la inexistencia de perjuicio en sentido que el puesto de venta no habría cambiado de propietario por no haberse realizado ni cambio de patente ni inscripción en Derechos Reales, tanto causa agravio a la entidad recurrente, contraviene el art. 31 de la Ley 482, como también compromete la imparcialidad de la Juez suscribiente.

III. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN

El art. 180.II de la CPE, garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, que se constituye a su vez en una garantía judicial conforme lo determinan los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; debiendo los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del CPP