Auto Supremo AS/0757/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0757/2019-RA

Fecha: 10-Sep-2019

Regístrese, hágase saber y cúmplase


Respecto del segundo motivo, acusó que el Auto de Vista impugnado no habría hecho mención a los fundamentos expresados en el responde al recurso de apelación restringida, causando indefensión con grave afectación al debido proceso y seguridad jurídica, en su triple dimensión constitucional conforme a los arts. 115, 117 y 180 de la Constitución Política del Estado (CPE), en franco desconocimiento del contexto legal y los razonamiento jurídicos del Tribunal Constitucional Plurinacional que tienen carácter imperativo y de cumplimiento obligatorio.

En el presente motivo se evidencia que el recurrente no invocó precedente contradictorio alguno, respecto a cuál fue la situación de hecho similar y principalmente en qué consistiría el agravio o perjuicio que le ocasionó el Tribunal de alzada, situación que hace ver el incumplimiento de los arts. 416 y 417 del CPP, así como la inconcurrencia de los presupuestos de flexibilización, consecuentemente, el recurso de casación sobre el punto deviene en inadmisible.

POR TANTO

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 418 del CPP, declara ADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por el recurrente Christian Francisco Huacota Copa, de fs. 156 a 160, únicamente con relación al primer motivo; asimismo, en cumplimiento del mencionado artículo en su segundo párrafo, se dispone que por Secretaría de Sala se haga conocer a las Salas Penales de los Tribunales Departamentales de Justicia del Estado Plurinacional, mediante fotocopias legalizadas, el Auto de Vista impugnado y el presente Auto Supremo.

Regístrese, hágase saber y cúmplase