Por memorial presentado el 9 de julio de 2019, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO N° 773/2019-RA
Sucre, 10 de septiembre 2019
Expediente: Oruro 20/2019
Parte acusadora : Sofía Lorena Mollo Gonzales
Parte imputada : Baneza Cáceres Calle
Delito: Difamación e Injurias
RESULTANDO
Por memorial presentado el 9 de julio de 2019, cursante de fs. 94 a 97, Baneza Calle Cáceres, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 25/2019 de 25 de junio de fs. 78 a 83 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, dentro del proceso penal seguido por Sofía Lorena Mollo contra la recurrente, por la presunta comisión de los delitos de Difamación e Injurias, previstos y sancionados por los arts. 282 y 287 del Código Penal (CP), respectivamente
SALA PENAL
AUTO SUPREMO N° 773/2019-RA
Sucre, 10 de septiembre 2019
Expediente: Oruro 20/2019
Parte acusadora : Sofía Lorena Mollo Gonzales
Parte imputada : Baneza Cáceres Calle
Delito: Difamación e Injurias
RESULTANDO
Por memorial presentado el 9 de julio de 2019, cursante de fs. 94 a 97, Baneza Calle Cáceres, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 25/2019 de 25 de junio de fs. 78 a 83 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, dentro del proceso penal seguido por Sofía Lorena Mollo contra la recurrente, por la presunta comisión de los delitos de Difamación e Injurias, previstos y sancionados por los arts. 282 y 287 del Código Penal (CP), respectivamente
- Por memorial presentado el 9 de julio de 2019, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) La imputada fue notificada con dicha resolución el 2 de julio del año en
- La recurrente señala que el Auto de Vista impugnado, confirmó una Sentencia con defectos de
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos, se establece que el 2 de julio de 2019, la
- Para realizar el análisis de admisibilidad de este reclamo, es necesario señalar que el mismo
- En el caso, está determinado cuál el derecho fundamental que se considera vulnerado, que como
- Conforme a lo señalado, la recurrente cumplió con las exigencias requeridas, por lo que corresponde
- En el segundo reclamo, la recurrente observa la defectuosa valoración de la prueba en Sentencia
- Al respecto, resulta menester precisar que la defectuosa valoración de la prueba sin duda es
- En el caso, el segundo reclamo de la recurrente cumple con las exigencias determinadas por
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
