Así planteados los agravios por la parte recurrente, se concluye que, en la forma ha
En ese entendido sostuvo que, dicha actuación obedecería a una posición parcializada por los de instancia, porque la misma no era aplicable al caso, en aplicación del art. 24 núm. 3) y la disposición transitoria quinta referida a procesos de primera instancia de la Ley Nº 439.
Concluyó solicitando casar la resolución, dejando sin efecto el pago de reparaciones y mejoras, basado en un incorrecto procedimiento de producción y admisión de pruebas.
Así planteados los agravios por la parte recurrente, se concluye que, en la forma ha cumplido con la fundamentación exigida por los arts. 271.II y 274.I núm. 2) y 3) del Código Procesal Civil
Concluyó solicitando casar la resolución, dejando sin efecto el pago de reparaciones y mejoras, basado en un incorrecto procedimiento de producción y admisión de pruebas.
Así planteados los agravios por la parte recurrente, se concluye que, en la forma ha cumplido con la fundamentación exigida por los arts. 271.II y 274.I núm. 2) y 3) del Código Procesal Civil
- Auto Supremo: 881/2019-RA
- Condori de Cota
- Proceso: Acción reivindicatoria, negatoria más pago de daños y perjuicios
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- Tramitado así el proceso ordinario hasta la emisión de la Sentencia N° 411/2018 de 29
- a) El reconocimiento de la inexistencia del derecho propietario de los señores Marcelo Cota Sánchez
- b) El cese de la perturbación, así como de las y molestias ejercidas por los
- IV
- V. IMPROBADA en cuanto a la reconvención de pago de daños y perjuicios
- 2
- II.1. De la resolución impugnada. Análisis de impugnabilidad
- II.2. Del plazo y cómputo de la presentación del recurso de casación
- II.3. De la legitimación procesal
- II.4. Del contenido del recurso de casación
- Del recurso de casación interpuesto por Leonarda Oruño Calle por sí y en representación de
- Así planteados los agravios por la parte recurrente, se concluye que, en la forma ha
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
