De la revisión del recurso de casación, interpuesto por Sherman Denis Ibáñez Rodríguez y Ricardo
CONSIDERANDO II:
DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
De la revisión del recurso de casación, interpuesto por Sherman Denis Ibáñez Rodríguez y Ricardo Andrés Ibáñez Rodríguez se observa que en lo transcendental de dicho medio de impugnación acusa:
1. Que en el recurso de apelación de fs. 235 a 236 vta., y de fs. 238 a 240 vta., en el punto III “los vicios procesales”, en cada numeral de los aludidos memoriales indicaron las disposiciones legales infringidas, en el numeral 6 (indican la violación de las disposiciones legales) en la que incurrió la juez A quo al dictar sus resoluciones que constituye una expresión de agravios.
2. Reclaman que taxativamente en la Sentencia de fs. 227 a 230, vulneró el art. 1453 del CC, y los arts. 5, 145, 46, 155, 187, 365.I y 213 del Código Procesal Civil, en la tramitación del proceso sobre la -Escritura Pública de transferencia del inmueble Nº 837/2017 de 12 de junio, decreto de 15 de marzo de 2018 a fs. 67, documentación de fs. 151 a 159, audiencia de inspección ocular de fs. 191- y las resoluciones dictadas por la juez A quo.
Petitorio
DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
De la revisión del recurso de casación, interpuesto por Sherman Denis Ibáñez Rodríguez y Ricardo Andrés Ibáñez Rodríguez se observa que en lo transcendental de dicho medio de impugnación acusa:
1. Que en el recurso de apelación de fs. 235 a 236 vta., y de fs. 238 a 240 vta., en el punto III “los vicios procesales”, en cada numeral de los aludidos memoriales indicaron las disposiciones legales infringidas, en el numeral 6 (indican la violación de las disposiciones legales) en la que incurrió la juez A quo al dictar sus resoluciones que constituye una expresión de agravios.
2. Reclaman que taxativamente en la Sentencia de fs. 227 a 230, vulneró el art. 1453 del CC, y los arts. 5, 145, 46, 155, 187, 365.I y 213 del Código Procesal Civil, en la tramitación del proceso sobre la -Escritura Pública de transferencia del inmueble Nº 837/2017 de 12 de junio, decreto de 15 de marzo de 2018 a fs. 67, documentación de fs. 151 a 159, audiencia de inspección ocular de fs. 191- y las resoluciones dictadas por la juez A quo.
Petitorio
- 3
- 4
- De la revisión del recurso de casación, interpuesto por Sherman Denis Ibáñez Rodríguez y Ricardo
- Solicitan se dicte resolución casando el auto de vista y declare improbada la demanda y/o
- Contestación del recurso de casación de fs. 285 a 286
- Alegan que la parte recurrente reclama que se ha dado una serie de violaciones a
- CONSIDERANDO III
- En relación sobre el tema el Auto Supremo Nº 55/2015, de fecha 29 de enero
- III.2. Sobre la expresión de agravios
- Sobre el tema el Auto Supremo: 877/2015 - L de 2 de Octubre 2015
- Por otro lado, si bien se planteó recurso de casación en la forma, el análisis
- A mayor abundamiento el Auto Supremo Nº 599/2015 – L de: 29 de Julio 2015
- Al respecto, se tiene que hecho un análisis de la apelación de la parte recurrente
- Asimismo el Auto Supremo Nº 499/2017 de 15 de mayo expresó: “Sobre el particular conforme
- En ese razonamiento, cuando el A quem basa su decisión en que el recurso de
- CONSIREDANDO IV
- Del contexto del recurso se infiere que acusa violación de las normas procesales de orden
- Cabe resaltar que el recurso de casación de los recurrentes engloba en un punto neurálgico
- Por los razonamientos expuestos, corresponde fallar en la forma prevista por el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Se regula honorario profesional en la suma de Bs
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Dr. Juan Carlos Berrios Albizu.
