Auto Supremo AS/0963/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0963/2019

Fecha: 24-Sep-2019

En este punto corresponde establecer diferencias entre la audiencia preliminar y la audiencia complementaria, puesto

En este punto corresponde establecer diferencias entre la audiencia preliminar y la audiencia complementaria, puesto que a decir del art. 365 del Código Procesal Civil, la audiencia preliminar establece la posibilidad de que cada una de las partes puedan no asistir por motivo fundado presentado y justificado dentro los tres días siguientes de efectuada la misma, en tales situaciones el Juez fijará nuevo día y hora de audiencia, lo cual sucedió con respecto a la parte demandada, en tanto que el art. 368 del Código Procesal Civil respecto a la audiencia complementaria en el parágrafo II refiere: “No se suspenderá la audiencia complementaria, ni se dejará de diligenciar la prueba por ausencia de una de las partes, salvo el único caso de fuerza mayor debidamente comprobado…” (las negrillas son nuestras)