En ese orden,?estos dos fenómenos, no pueden tener consideración separada por los jueces, en una
En ese orden,?estos dos fenómenos, no pueden tener consideración separada por los jueces, en una suerte de afirmar que corresponde a la jurisdicción ordinaria velar y considerar las nulidades procesales con?relevancia meramente procesal y a la justicia constitucional las nulidades procesales con relevancia constitucional, porque, como ampliamente se refirió anteriormente, el cambio de paradigma en la potestad de administrar justicia en el Estado Constitucional de Derecho, se visualiza en que todos los jueces de la pluralidad de jurisdicciones reconocidas en la Constitución, deben partir de la norma jurídica fundamental, de sus normas constitucionales-principios, es decir, de los valores, principios, derechos fundamentales y garantías constitucionales en su razonamiento jurídico cotidiano”, de dicho entendimiento se puede inferir que al momento de analizar el vicio que podría generar una nulidad de obrados corresponde, determinar la trascendencia de dicho vicio, es decir, se debe constatar si se provocó una lesión evidente al derecho a la defensa o la incidencia que podría tener en la decisión de fondo de la causa; existiendo la posibilidad de analizar la relevancia procedimental y constitucional, ya que ningún vicio procesal es absoluto para generar una nulidad en tanto no vulnere el derecho a la defensa
- Expediente: LP-77-19-S
- Partes: Edwin Rolando Aruquipa Quispe c/Eulogio Aruquipa Laura
- Proceso: Cumplimiento de obligación
- Distrito: La Paz
- VISTOS: El recurso de casación de fs
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- En la forma
- CONSIDERANDO III
- Actualmente sobre las nulidades procesales debemos tener en cuenta que no se trata de un
- En este sentido, Eduardo J
- En efecto, en el?Estado Legislativo de Derecho, para la procedencia de las nulidades de actos
- En cambio,?en el Estado Constitucional de Derecho, la procedencia de las nulidades de actos procesales,
- Bajo esta concepción,?las nulidades de los actos procesales?serán procedentes cuando se constate irregularidades, infracciones o
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- En este sentido, la SCP Nº 1062/2016-S3 de 3 de octubre de 2016, señaló: “Sobre
- “Lo contrario, significaría sujetar a la justicia constitucional a toda emergencia suscitada, tanto en procedimientos
- III.2. De los principios que rigen las nulidades procesales
- La Ley Nº 025 con el fin de dar continuidad al proceso incorporó un nuevo
- Por otra parte, el art
- En correspondencia con lo normado por la Ley N° 025, el Código Procesal Civil, establecen
- Al respecto, este Supremo Tribunal de Justicia en sus diversos fallos, entre ellos el Auto
- Principio de convalidación
- Principio de preclusión
- Principios y disposiciones legales que marcan el límite de la actuación de los Jueces vocales
- De conformidad a la fundamentación doctrinal que antecede, a través del presente acápite corresponde considerar
- Al respecto, de la revisión de antecedentes se constata que Edwin Rolando Aruquipa Quispe,
- Es así que notificado el demandado, al no haber respondido en el plazo previsto por
- Emitida la sentencia, el ahora recurrente formuló recurso de apelación, reiterando entre sus agravios lo
- En virtud a lo manifestado y de acuerdo a la doctrina desarrollada a través del
- Bajo esa perspectiva al reiterar el recurrente el motivo de su incidente de nulidad de
- También implica una omisión al ejercicio de su derecho a la defensa, pues el traer
- Razones por las que al haberse advertido que el Auto de Vista responde congruentemente
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Juan Carlos Berrios Albizu.
