Auto Supremo AS/1016/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1016/2019

Fecha: 30-Sep-2019

De conformidad a la fundamentación doctrinal que antecede, a través del presente acápite corresponde considerar,

CONSIDERANDO IV:
FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
De conformidad a la fundamentación doctrinal que antecede, a través del presente acápite corresponde considerar, lo siguiente:
Por memorial de fs. 13 a 14, 18 y de fs. 46 vta., Maria Elena Duran de Quiroz, entabla acción de usucapión decenal o extraordinaria del bien inmueble ubicado en el Barrio “Villa Fátima, calle Destacamento Blacutt, UV. 51, Mza. 8, Casa número 79, distrito 5, lote 35, de una extensión de 352.92 m2, que luego modificó a 333.42 m2, demanda que dirigió en contra de presuntos propietarios y Cresencia Cabrera” (sic), que de forma posterior aclaró que la demanda la dirige en contra de los herederos de Cresencia Cabrera, siendo admitida por Auto de 1 de agosto de 2014 de fs. 47, sin que el juzgador, ni el Tribunal Ad quem se hayan percatado que la demanda no es dirigida contra el ultimo propietario del inmueble de la litis, previa verificación mediante el registro de propiedad, lo que no ha acontecido en el caso de autos, pues a simple referencia de la parte actora de que el inmueble pertenecería a Cresencia Cabrera se la tiene como última propietaria