Auto Supremo AS/1016/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1016/2019

Fecha: 30-Sep-2019

Refiere que el Ad quem incumplió el art

La parte recurrente aduce la indebida aplicación de la ley con relación al art. 1296 del Código Civil, toda vez que el fallo recurrido expresa que el Municipio no indicó que el inmueble fuera de dominio público y la certificación de fs. 43 constituiría plena prueba, sin considerar las demás pruebas, así como el contrato de comodato de 5 de julio de 1968 suscrito entre la entonces Alcaldía Municipal y Cresencia Cabrera en virtud de las Ordenanzas Municipales de 16 de julio de 1952 y N° 088/1995 de 6 de diciembre, planos e informe del Departamento de Urbanismo que estableció la entrega de tierras baldías municipales en comodato para solucionar el problema de vivienda popular de la época, documentos que demostrarían que el inmueble es de dominio municipal.
2)El Tribunal de alzada efectuó una errónea o aplicación indebida de la ley
Refiere que el Ad quem incumplió el art. 145 del Código Procesal Civil, al tener como no evidentes sus agravios sobre inobservancia del principio de verdad material y violación de derechos fundamentales y falta o inadecuada valoración de la prueba, respecto a las pruebas consistentes en la Ordenanza Municipal N° 088/1995 de 6 de diciembre, Resolución Municipal de 5 de julio de 1968, planos e informe del Departamento de Urbanismo