El art
III. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN
El art. 180.II de la CPE, garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, que se constituye a su vez en una garantía judicial conforme lo determinan los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; debiendo los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del CPP
- Por memorial presentado el 10 de julio de 2019, cursante de fs
- De la revisión de antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
- Por diligencia de 3 de julio de 2019 (fs
- Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- Reclama el recurrente que el Tribunal de alzada tampoco valoró con objetividad e imparcialidad las
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En cuanto a los argumentos del primer motivo identificado, de manera implícita el recurrente denuncia
- Al respecto, debe recordarse que conforme dispone el art
- Sin embargo, se advierte que el recurrente si bien no cumple con la exigencia de
- En consecuencia, de la fundamentación expuesta en el motivo de análisis, se observa que el
- Del segundo motivo, se tiene que el recurrente protesta respecto al rechazo de las apelaciones
- A tal efecto,ofrece como prueba “todos lo obrados y actuados del presente proceso, como así
- Del agravio expuesto y los antecedentes remitidos a este Tribunal, esta Sala advierte que el
- En este punto corresponde señalar con fines ilustrativos, que si bien el derecho de impugnación
- Ahora bien, de acuerdo a la regulación normativa del recurso de casación establecida en los
- En ese sentido, el recurso de casación no procede contra otro tipo de Resolución judicial
- En el caso de Autos, la Resolución impugnada –34 de 16 de mayo de 2019-,
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- FDO
- Secretario de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
