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    Auto Supremo AS/0022/2020-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0022/2020-RA

    Fecha: 09-Ene-2020

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial de casación presentado el 20 de noviembre de 2020, cursante de fs
    • Del memorial de casación, se extraen los siguientes motivos
    • Denuncia que el Auto de Vista impugnado violentó el debido proceso en su vertiente tutela
    • Manifiesta que el Auto de Vista vulneró el debido proceso en su vertiente a una
    • Manifiesta el recurrente que el Auto de Vista incurrió en revalorización de la prueba al
    • Finalmente reclama que el Auto de Vista vulneró su derecho al debido proceso en su
    • El art
    • En este contexto, el art
    • i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
    • ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
    • iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
    • Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
    • Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
    • IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
    • En el caso de autos se advierte que el recurrente fue notificado con el Auto
    • Sobre la problemática planteada invoca los Autos Supremos 276/2017-RRC de 18 de abril, 620/2017-RRC de
    • En el segundo motivo, el recurrente denuncia que el Auto de Vista impugnado violentó el
    • Al respecto, invoca los Autos Supremos 311/2015-RRC de 20 de mayo y 276/2017-RRC de 18
    • Con relación al tercer motivo, el recurrente reclama que el Auto de Vista al resolver
    • En este planteamiento invoca los Autos Supremos 212/2017-RRC de 21 de marzo, 145/2015-RRC de 27
    • En el cuarto motivo, el recurrente denuncia que el Auto de Vista incurrió en revalorización
    • En cuyo mérito, invocó los Autos Supremos 277 de 13 de agosto de 2008, 234/2017-RRC
    • Finalmente, en el quinto motivo reclama que el Auto de Vista vulneró su derecho al
    • Sobre la problemática planteada invoca el Auto Supremo 73/2013-RRC de 19 de marzo, que establecería
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • FDO
    • Secretario de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela

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