Auto Supremo AS/0068/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0068/2020

Fecha: 16-Ene-2020

En el punto 2, se hubiera señalado para resolver que el hecho no puede dejarse


En el punto 2, se hubiera señalado para resolver que el hecho no puede dejarse impune, etc; se explique sí dicha consideración constituye un motivo razonable, pues de ser así se estaría ante un absurdo jurídico que por ello, todos los hechos criminales debieran castigarse sin importar el debido proceso para no dejarse en la impunidad, en afectación de las garantías de juicio previo, defensa, igualdad y otras