En ese contexto, resulta menester señalar que: i) La Explicación, tiene el objetivo de volver
En ese contexto, resulta menester señalar que: i) La Explicación, tiene el objetivo de volver más claro o comprensible lo manifestado en un fallo, es decir, ante una redacción poco clara, general, obscura o ambigua, las partes podrán pedir a la autoridad que emitió Resolución, explicación respecto a su contenido; ii) La Complementación, busca completar alguna expresión o suplir algún olvido (que no tenga como efecto la modificación del resultado); y, iii) La Enmienda, tiene por objetivo rectificar algún error material o de hecho, es decir, sólo se pueden enmendar errores elementales de transcripción, cálculo en operaciones aritméticas, expresión, fechas, nombres, mecanografía (typeo), lugares, etc., teniendo siempre en cuenta, que los errores deben ser apreciables y claros, sin que se requiera acudir a interpretación de normas o juicios de valor para percibirlos y que no provoquen la modificación en el resultado del fallo
- Por memorial presentado el 15 de enero de 2020, Arturo Yañez Cortez en representación legal
- El impetrante previa invocación del art
- En su punto b) expliquen la razón jurídica por la que indican la causa legal
- En el punto 2, se hubiera señalado para resolver que el hecho no puede dejarse
- Que se explique si de forma contraria a la doctrina se está estableciendo que los
- Sobre el punto 3, se explique el motivo por el que se omite ingresar al
- En el cuarto punto, se explique a partir de su consideración que sus agravios fuesen
- Que, tampoco se hubiera dado respuesta a su pedido de control de convencionalidad, solicitando se
- II. ANÁLISIS JURÍDICO Y RESOLUCIÓN DE LA SOLICITUD
- El primer párrafo del art
- En ese contexto, resulta menester señalar que: i) La Explicación, tiene el objetivo de volver
- Considerando el alcance y la finalidad que tiene el citado art
- Relativo a que se deba explicar, si de forma contraria a la doctrina se estableció
- Conforme el cuarto punto, solicita se explique porque no se habría fundamentado los agravios denunciados
- Por consiguiente, las conclusiones y el análisis inmerso en el Auto Supremo emitido, otorgan respuesta
- Finalmente, al no haberse identificado algún concepto, expresión y/o omisión que deba ser complementado, no
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, de conformidad al art
- FDO
- Secretario de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
