Auto Supremo AS/0084/2020-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0084/2020-RA

Fecha: 20-Ene-2020

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

Por Sentencia 5/2013 de 10 de septiembre (fs. 566 a 578 vta.), el Tribunal Segundo de Sentencia de Trinidad del Tribunal Departamental de Justicia del Beni, declaró a Fernando Santa Cruz Menacho Raful, autor y culpable de los delitos de Falsedad Material, Falsedad Ideológica, Falsificación de Sellos y Estafa, previstos y sancionados por los arts. 198, 199, 190 y 335 del CP, respectivamente; a su vez, declaró a Gerardo Arteaga Justiniano, autor y culpable de los delitos de Falsedad Material, Falsedad Ideológica, Falsificación de Sellos y Estafa, absolviéndolo del delito de Ejercicio Indebido de la Profesión, previstos por los arts. 198, 199, 190, 335 y 164, respectivamente. Con relación a la pena, por disidencia de votos de los Jueces técnicos con las Juezas Ciudadanas, se impuso a ambos la pena privativa de libertad de tres años en aplicación del principio in dubio pro reo, con costas y resarcimiento del daño evaluables en ejecución de Sentencia.

Contra la mencionada Sentencia, la Representación Distrital de Beni del INRA representado por Alejandro Ilich Cruz Rodríguez (fs. 586 a 590), el imputado Fernando Santa Cruz Menacho Raful (fs. 591 a 593 vta.), y la Dirección Nacional del INRA (fs. 600 a 604 vta.), interpusieron recursos de apelación restringida, adhiriéndose a los recursos de los acusadores particulares, Juan Marcelo Zurita Pabón en representación del Presidente del Estado Plurinacional de Bolivia (fs. 662 a 665), que fueron resueltos por Auto de Vista 22 de 7 de diciembre de 2018, que declaró parcialmente procedentes los recursos de apelación restringida presentados por los Representantes del Instituto Nacional de Reforma Agraria, así como la adhesión del Representante del Presidente del Estado Plurinacional de Bolivia, modificando la pena a seis años de privación de libertad en contra de ambos imputados; asimismo, declaró improcedente el recurso de apelación interpuesto por el imputado Fernando Santa Cruz Menacho Raful.

Por diligencias de 18 y 23 de abril de 2019 (fs. 719 y 721), los imputados Fernando Santa Cruz Menacho Raful y Gerardo Arteaga Justiniano, respectivamente fueron notificados con el Auto de Vista impugnado; así, el 24 y 29 del mismo mes y año, interpusieron los recursos de casación que son objeto del presente análisis de admisibilidad