Refirió que el Auto de Vista aplicó incorrectamente la Ley Nº 12760 art
Refirió que el Auto de Vista aplicó incorrectamente la Ley Nº 12760 art. 250 adelante, no pudiendo alegar desconocimiento de la misma, además atentó contra los art. 3, 192, 237, 253 num. 1) y 3) del CPC, 270, 271 y siguientes de la Ley Nº 439, así como los arts. 115, 116, 117 y 119 de la CPE
- Auto Supremo: 465/2020-RA
- Prudencia Villarroel de
- Proceso: Nulidad de contrato de venta
- Distrito: Cochabamba
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- II.2. Del plazo y cómputo de la presentación del recurso de casación
- II.3. De la legitimación procesal
- II.4. Del contenido del recurso de casación
- De la revisión del recurso de casación interpuesto por Sabina Erlinda Lavayen Osinaga se extractan
- Refirió que el Auto de Vista aplicó incorrectamente la Ley Nº 12760 art
- Denunció incorrecta aplicación de los arts
- Manifestó que el Auto de Vista omitió pronunciarse respecto al documento privado transaccional de 12
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
