Acusa que, de la lectura y análisis del Auto de Vista, cuyas partes relativas al
4.2. De la revisión del recurso de casación cursante de fs. 724 a 728 vta., se observa que Harlen Helen Prado Núñez entre otros agravios señala los siguientes:
Acusa que, de la lectura y análisis del Auto de Vista, cuyas partes relativas al motivo de su apelación, han sido transcritas, denota que lamentablemente el Tribunal de azada no cumplió con lo dispuesto en los arts. 211, 218 y siguientes del Código Procesal Civil, aspecto que causa agravios al recurrente
Acusa que, de la lectura y análisis del Auto de Vista, cuyas partes relativas al motivo de su apelación, han sido transcritas, denota que lamentablemente el Tribunal de azada no cumplió con lo dispuesto en los arts. 211, 218 y siguientes del Código Procesal Civil, aspecto que causa agravios al recurrente
- CONSIDERANDO I
- 2
- 3
- CONSIDERANDO II
- Del análisis del Auto de Vista Nº 101/2020 de 31 de agosto, cursante de fs
- Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista así como el Auto complementario), conforme se tiene
- De la legitimación procesal
- De igual forma, se colige que las recurrentes, al margen de identificar debidamente la resolución
- La aplicación indebida del art
- De esta manera, solicitan la emisión de un Auto Supremo que anule el Auto de
- Acusa que, de la lectura y análisis del Auto de Vista, cuyas partes relativas al
- Que el Auto Supremo N° 194/2017 de 01 de marzo debió aplicarse en el presente
- Fundamentos por los cuales solicita se emita un Auto Supremo que case el Auto de
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
